Antes de empezar una reforma hay que resolver una pregunta que mucha gente deja para el final: qué permiso necesita. La buena noticia es que, en Torrejón de Ardoz, la mayoría de las reformas de viviendas no necesitan licencia. Lo que sí necesitan es comunicarse al Ayuntamiento con el trámite adecuado.
Esto es información general, basada en la normativa de la Comunidad de Madrid y en las fichas de trámites del Ayuntamiento de Torrejón a septiembre de 2026. Antes de empezar, confirma tu caso con el Ayuntamiento: los requisitos pueden cambiar.
¿Licencia o declaración responsable?
Desde 2020, la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid distingue dos trámites para las obras:
| Aspecto | Declaración responsable de obra | Licencia de obra |
|---|---|---|
| Para qué obras | Reforma, modificación o rehabilitación de edificios existentes que no cambian de forma esencial la fachada, el volumen, la envolvente ni la estructura | Obra nueva, obras que alteran de forma esencial el edificio y obras en edificios catalogados o protegidos |
| Cuándo se puede empezar | Al presentarla con la documentación completa | Cuando el Ayuntamiento la concede |
| Qué suele pedirse | Memoria de las obras, presupuesto desglosado, planos si cambia la distribución | Proyecto técnico visado, dirección facultativa, estudio de seguridad y salud |
| Ejemplo | Reforma integral de un piso, aunque se muevan tabiques que no son de carga | Añadir una planta a un chalet |
Casi todas las reformas integrales de pisos y chalets entran en la primera columna. La declaración responsable no es un trámite menor: declaras que la obra cumple la normativa y el Ayuntamiento puede comprobarlo después.
¿Qué documentación pide el Ayuntamiento de Torrejón?
Para la declaración responsable de obra, el Ayuntamiento pide:
- El formulario de declaración responsable.
- Una memoria de las obras: qué se va a hacer y con qué materiales.
- El presupuesto desglosado.
- El justificante de pago de la tasa y del ICIO. Sin él, no se tramita.
Y, según la obra:
- Si cambias la distribución: planos a escala 1:50 del estado actual y del reformado, con el uso y la superficie de cada estancia.
- Si pones aire acondicionado en la fachada: un plano con la ubicación de la máquina y cómo se oculta.
- Si cierras una terraza: plano de fachada y acta de la comunidad de propietarios.
- Si hay andamios o trabajos en altura: dirección facultativa de un técnico competente.
Se presenta por la sede electrónica del Ayuntamiento o, si eres particular, también en persona.
¿Qué se paga?
Dos cosas: la tasa por tramitar el expediente y el ICIO, el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras. El ICIO se calcula sobre el presupuesto de la obra según las ordenanzas fiscales del Ayuntamiento. Es una de las razones por las que conviene tener un presupuesto bien desglosado; lo explicamos en qué incluye un presupuesto de reforma integral.
¿Y si convierto la vivienda en oficina?
Cambiar el uso de un inmueble, de vivienda a oficina o de local a vivienda, es otro trámite: la declaración responsable de cambio de uso, con su propia documentación. Además, el uso tiene que estar permitido en esa zona y, en un edificio de viviendas, conviene revisar los estatutos de la comunidad. Lo contamos en cómo convertir una vivienda en oficina.
¿Qué hay que hablar con la comunidad de propietarios?
En un piso, tu vivienda es tuya, pero la fachada, la estructura y las instalaciones generales son de todos:
- Obras dentro de tu vivienda que no tocan elementos comunes: basta con avisar a la comunidad antes de empezar.
- Obras que afectan a la fachada, a la estructura o a elementos comunes, como cerrar una terraza o cambiar el aspecto exterior: necesitan su autorización.
- Además, pregunta por las normas del edificio: horarios de obra, uso del ascensor para subir material o dónde puede ir el contenedor.
¿Quién hace el trámite?
Lo puedes presentar tú, pero lo habitual es que lo prepare la empresa de reformas o un técnico, porque la memoria, los planos y el presupuesto salen del proyecto de la obra. Sea como sea, pregunta antes de contratar quién lo tramita y que quede por escrito. Si alguien te propone hacer la obra sin comunicarla, desconfía: si el Ayuntamiento la paraliza, el problema es tuyo. Es una de las señales de alerta de cómo elegir empresa de reformas.
En Novohogar depende de la obra, porque no todas piden el mismo trámite ni la misma documentación. Si tienes que presentar tú la licencia, la declaración responsable u otro documento, te ayudamos a prepararlo y te acompañamos en la gestión.
Si vas a reformar en Torrejón de Ardoz, cuéntanos qué quieres hacer y te decimos qué trámite necesita tu obra, junto con un presupuesto gratuito y sin compromiso. Mira cómo trabajamos las reformas integrales de pisos.
Fuentes
- Declaración responsable de obra, Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz.
- Licencia de obra, Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz.
- Declaración responsable de cambio de uso, Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz.
- Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en su redacción vigente: artículos 152 (licencia), 155 (declaración responsable) y 157 (se puede empezar la obra desde el día de su presentación). El régimen de declaración responsable lo introdujo la Ley 1/2020, hoy derogada por la Ley 11/2022, que lo mantiene en la Ley 9/2001.
- Ley 49/1960, de Propiedad Horizontal, artículo 7: qué obras del piso necesitan la comunidad. Lo explicamos en obras y comunidad de propietarios.